En función de su uso, actividad o superficie útil dependerá de la obligación o no de colocar estos elementos de protección:
Hidrantes contra incendios equipados con 25/45 mm de diámetro y localizados de forma que cubran toda la superficie:
• Edificios de viviendas con zonas especiales (trasteros) con superficie útil superior a 150 m² por sector incendio.
• Garajes con superficie útil por planta superior a 500 m² por sector incendio.
• Edificios/instalaciones sanitarias.
• Teatros, espectáculos y espacios de encuentros con superficies útiles superiores a 300 m² por sector incendiario. Si hay un escenario, al menos un BIEs de 45mm de diámetro.
• Café, espectáculos, restaurantes, habitaciones, discotecas con una superficie útil de más de 300 m² por sector incendiario.
• Recinto ferial con superficie útil superior a 300 m² por sector incendiario.
• Locales, espacios o parques infantiles, centros de día, bares, restaurando con superficie útil superior a 300 m² por sector incendiario.
• Emplazamientos, recintos o espacios preparados para albergar un gran volumen de personas, parques de atracciones con superficie útil superior a 300 m² por sector contra incendios.
• Oficinas con una superficie útil de más de 500 m² por sector incendiario.
• Centros docentes con superficie útil superior a 500 m² por sector incendiario.
• Residencial público con superficie útil superior a 500 m² por sector incendiario.
• Lugares destinados a uso comercial con una superficie útil de más de 300 m² por sector incendiario.
• Tiendas:
• Alto riesgo de incendio: con superficie útil igual o superior a 100 m², BIEs de 45 mm, con superficie inferior a 300 m², BIEs de 25mm.
• Riesgo de incendio mediano: con superficie útil igual o superior a 300 m², BIEs de 45 mm, con superficie inferior a 300 m², BIEs de 25mm.
• Bajo riesgo de incendio: con superficie útil igual o superior a 300 m², BIEs de 25mm.
En Plana Fābrega, nuestra división de protección contra incendios cuenta con las acreditaciones necesarias del Ministerio para ayudarte y asesorarte.